Sanidad firma con el Colegio Notarial de Canarias la prórroga del convenio que facilita el otorgamiento de las MAV

  •  consejera, Esther Monzón, y el decano del Colegio Notarial de Canarias, Alfonso Manuel Cavallé, ratificaron la adenda de prórroga del convenio de colaboración entre ambas instituciones que facilita el otorgamiento de las Manifestaciones Anticipadas de Voluntad en el ámbito sanitario 
  • La Consejería de Sanidad registró en 2025 un total de 4.611 MAV, lo que representa un aumento del 26,6 por ciento con respecto a las otorgadas en 2024

La consejera de Sanidad, Esther Monzón, y el decano del Colegio Notarial de las Islas Canarias, Alfonso Manuel Cavallé, firmaron la adenda de prórroga al convenio de cooperación entre ambas instituciones que facilita el otorgamiento de las Manifestaciones Anticipadas de Voluntad (MAV) en el ámbito sanitario.

La MAV es un documento que contiene las instrucciones y opciones que deberá respetar el personal sanitario que atienda al otorgante sobre los cuidados y el tratamiento de su salud; las disposiciones respecto al destino de su cuerpo y a la donación de órganos y tejidos; así como las indicaciones de naturaleza ética, moral o religiosa que expresen sus objetivos vitales y valores personales para que orienten a los profesionales médicos en la toma de decisiones clínicas; Además contempla la designación de uno o varios representantes que actuarán como interlocutores de las instrucciones y valores manifestados ante el personal médico o el equipo sanitario.

La MAV debe formalizarse por escrito y, a elección de la persona otorgante, bien ante personal funcionario encargado del Registro de manifestaciones, en una notaría o ante tres testigos.

Con el fin de asegurar la eficacia y correcta aplicación de las MAV por el personal sanitario que vaya a actuar sobre la persona otorgante, se ha creado el Registro de Manifestaciones Anticipadas de Voluntad en el ámbito sanitario, que se encuentra adscrito a la Consejería de Sanidad.

Este Registro es único para toda la Comunidad Autónoma de Canarias y tiene carácter administrativo, público y gratuito. En él se inscriben automáticamente las MAV realizadas ante personal funcionario, y también las realizadas en las notarías o ante tres testigos que se le remitan.

En virtud del presente convenio, cuando la persona otorgante opte por la formalización de su MAV en una notaría podrá acudir a cualquiera que pertenezca al Colegio Notarial de las Islas Canarias, una vez obtenida la autorización pertinente de la Consejería de Sanidad solicitada a través del 012 (928 301 012 / 922 470 012)..

Por cada MAV otorgada ante notaría que cuente con la autorización previa, la Consejería de Sanidad abonará una cantidad presupuestada, y cada documento será remitido al Registro de MAV por la notaría actuante. En caso de que la persona otorgante decida ir a una notaría a formalizar su MAV fuera del presente convenio, deberá decidir igualmente su remisión al Registro de MAV para su inscripción.

Objetivos de las MAV

La función principal de las MAV es que la persona otorgante deje constancia por escrito de sus preferencias e instrucciones sobre los cuidados de su salud y tratamientos sanitarios que acepta recibir o que rechaza, con el fin de que puedan respetarse y aplicarse por el personal sanitario en el momento en el que no tenga capacidad de expresarlas personalmente y sea necesaria la actuación sanitaria.

La MAV permite, además, designar una o varias personas de confianza de la persona otorgante para que actúen en calidad de representante, y cuya función será velar por el correcto cumplimiento de los valores e instrucciones manifestadas en el documento inscrito.

Más de 28.000 MAV vigentes

La Consejería de Sanidad registró 4.611 Manifestaciones Anticipadas de Voluntad (MAV) durante el año 2025, de las que 2.994 fueron hechas por mujeres, es decir, el 63,87 por ciento, y las 1.617 restantes, por hombres, el 35,06 por ciento. Estas cifras representan un aumento del 26,6 por ciento en el número de MAV registradas con respecto a 2024, cuando se realizaron 3.642.

De las 4.611 MAV registradas el pasado año, el 86 por ciento, se realizaron ante funcionario público de la consejería de Sanidad; 632, el trece por ciento, ante notario y quince se hicieron ante testigos, lo que representa el 0,33 por ciento del total.

En Canarias hay vigentes actualmente un total de 28.276 personas que han realizado una Manifestación Anticipada de Voluntad, de las que el 63,87 por ciento se corresponden con mujeres y el 36,13 por ciento restante, con hombres.

Contenido

La MAV es un documento mediante el cual una persona deja por escrito sus preferencias e instrucciones sobre los cuidados y tratamientos sanitarios que desea recibir, o rechaza, en el caso de que, llegado el momento, no tenga capacidad para expresarlo personalmente.

Este documento permite expresar aspectos como: 

– Valores personales y objetivos vitales relacionados con el final de la vida.

– Aceptación o rechazo de determinados tratamientos o procedimientos médicos.

– Solicitud de cuidados paliativos

– Aceptación o rechazo de la eutanasia, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo.

– Donación del cuerpo o de órganos una vez producida la defunción.

Al mismo tiempo, este testamento vital permite designar una o varias personas de confianza de la persona otorgante para que actúen en calidad de representante, y cuya función será velar por el correcto cumplimiento de los valores e instrucciones manifestadas en el documento inscrito.

El personal sanitario está obligado a respetar lo recogido en la MAV siempre que el paciente se encuentre en la situación clínica prevista en el documento.

Cómo y dónde realizar una MAV

Las manifestaciones anticipadas de voluntad pueden realizarse de tres formas diferentes:

– Ante los funcionarios habilitados expresamente para ello por la Secretaría General Técnica de la Consejería de Sanidad

En este caso, la persona que desee realizar su MAV debe solicitar cita previa llamando al teléfono 012 (928 301 012 o 922 470 012) y, en función de la isla en la que resida, se le informará de los diferentes puntos para otorgar su MAV así como de las citas disponibles.

– Ante cualquier notario perteneciente al Colegio Notarial de Canarias.

Las personas que deseen realizar su MAV de forma gratuita ante notario, pueden hacerlo en virtud del convenio suscrito entre la Consejería de Sanidad y el Colegio Notarial de Canarias. Para ello, deben solicitar, a través del teléfono 012, una autorización notarial que les será remitida desde el Registro de Manifestaciones Anticipadas de Voluntad, con el fin de que pueda acudir al notario de su elección.

– Ante tres testigos.

Si la persona otorgante opta por formalizar su manifestación anticipada de voluntad ante tres testigos, estos deben ser personas mayores de edad, con plena capacidad de obrar y no vinculadas con el otorgante por razón de matrimonio o relación análoga, parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad o relación laboral, patrimonial o de servicios. Para la inscripción de la manifestación anticipada de voluntad así otorgada en el Registro de Manifestaciones Anticipadas de Voluntad, debe presentarse o remitirse el documento firmado por el otorgante y los tres testigos a dicho Registro, acompañado de las copias compulsadas de los Documentos Nacionales de Identidad, pasaportes u otros documentos válidos para acreditar la identidad de la persona otorgante, de los testigos y, en su caso, del representante.

– Además, desde noviembre de 2025, en virtud de convenio celebrado entre la Consejería de Sanidad y el Colegio de Médicos de Las Palmas, podrá cumplimentar su documento de manifestaciones anticipadas de voluntad on-line y formalizarlo ante tres testigos que son facilitados por el Colegio de Médicos de Las Palmas, que se encargará, asimismo, de la remisión al Registro. Para formalizar su documento de esta forma debe acceder a la página web del Colegio de Médicos de Las Palmas, www.medicoslaspalmas.es

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